Hermosillo contra Villa de Seris
Parte 2
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Autor: Prof. Laureano Calvo Berber Publicado el 7 de Mayo de 1947

A mediados de 1748 don Agustín de Vildósola fue llamado a la ciudad de México, substituyéndolo interinamente en el Gobierno de las Provincias del Noroeste, Sinaloa, Hostimuri, Sonora y Baja California, el Lic. José Rafael Rodríguez Gallardo, Juez Pesquisidor enviado por el Virrey don Juan Francisco de Güemes y Horcasitas, Primer Conde de Revillagigedo, con instrucciones de practicar una minuciosa visita de inspección y proveer, o promover en su caso, cuantas reformas administrativas juzgase oportunas para el resurgimiento material, político, social y económico de la dicha Gobernación.

Este funcionario debe ser considerado como un gran benefactor de los indios en el noroeste de México, si se toman en cuenta las sabias disposiciones de justicia y equidad que dictó a su favor durante los escasos dos años que permaneció en ejercicio del poder. Fue el organizador, se puede decir, de los sistemas administrativos en esta entonces tan apartada región del país, dejando escrita una instrucción para que, conforme a ella, y de acuerdo con las condiciones particulares de cada jurisdicción, su sucesor, el Teniente Coronel D. Diego Ortiz de Parrilla, normara los actos de su administración. Cierto es que, para éste y los que le sucedieron después, fue letra muerta aquella instrucción; pero de ninguna manera tal circunstancia resta mérito a la ilustre memoria de su autor. El dicho documento está fechado el 15 de marzo de 1750 en el pueblo de Mátape -Villa Pesqueira, por decreto de 8 de febrero de 1867- y consta de 31 párrafos numerados, de los que 14, los últimos, corresponden a Sonora.

Entre las muchas determinaciones que el expresado funcionario tomó a favor de esta provincia, cuya extensión se comprendía entonces desde muy al norte del actual puerto de Guaymas, hasta la confluencia de los ríos Gila y Colorado, se encuentra la despoblación del antes afamado Real de San Juan Bautista de Sonora, que ordenó, como dice textualmente: “Antes de que lo despoblase el enemigo” y “la transmutación del presidio que antes existía en la Hacienda del Pitic, con el titulo de San Pedro de la Conquista” (párrafos 18 y 20), a otro lugar en que por su situación más estratégica, estuviese en condiciones de poder prestar el servicio social que justifique su erección. El traslado se verificó a mediados de 1749, y el lugar designado fue el que, a partir de entonces lleva el nombre de Villa de San Miguel de Horcasitas. Tal nominación es advocativa del Santo Patrono Arcángel San Miguel, a la vez que alusiva del segundo apellido del XLI Virrey.

En primer término se construyó allí una modesta casa que diera albergue a la Real Guardia; se hizo la reconcentración de los setenta y seis vecinos -cinco hombres mal armados, mujeres y niños, incluso el P. Juan José de Grijalva- y las campanas del antiguo Real; la primera piedra para la construcción del templo actual, fue puesta de propia mano por el Lic. Rodríguez Gallardo, el 24 de octubre, del año citado (1749); se deslindaron las tierras que pertenecieron a los indios, así como las que se adjudicarían a los vecinos llamados de razón, quedando así cimentada la primera población formal que en la provincia de Sonora existió

Recopilación: José Rafael Aguirre Fernández.
Fuente: El Imparcial.



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